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Legislación › Ley 9/1984, de 22 de noviembre, reguladora de la iniciativa legislativa popular de los Ayuntamientos y Comarcas.

Artículo 3.

Artículo 3.

Están excluidas de la iniciativa legislativa a que se refiere el artículo anterior las siguientes materias:

1.º Aquellas en que carezca de competencia legislativa la Comunidad Autónoma.

2.º Las de naturaleza tributaria.

3.º Las mencionadas en los artículos 46 y 47 del Estatuto de Autonomía.

4.º Las referentes a la organización de las instituciones de autogobierno.

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