Legislación › Ley 9/1984, de 22 de noviembre, reguladora de la iniciativa legislativa popular de los Ayuntamientos y Comarcas.
Artículo 3.
Artículo 3.
Están excluidas de la iniciativa legislativa a que se refiere el artículo anterior las siguientes materias:
1.º Aquellas en que carezca de competencia legislativa la Comunidad Autónoma.
2.º Las de naturaleza tributaria.
3.º Las mencionadas en los artículos 46 y 47 del Estatuto de Autonomía.
4.º Las referentes a la organización de las instituciones de autogobierno.


