LexTotal

Legislación › Ley 50/1984, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1985.

Disposición adicional trigésima.

Disposición adicional trigésima.

Se prorroga hasta el año 1986 el inicio del plazo para el reembolso de crédito a que se refiere el artículo 5.º de la Ley 3/1983, sobre habilitación de créditos para regularizar anticipos de fondos y atender insuficiencias presupuestarias de ejercicios anteriores a 1983.

← Disposición adicional vigésima novena Índice Disposición adicional trigésima primera →