Legislación › Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
Art. 53.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de diciembre de 1983 y la del 25 de junio de 1993.
Tachado: lo que se quitó (87 palabras). Subrayado: lo que se añadió (62 palabras).
Volver al texto en vigor
Art. 53.
1. Ponen fin a la vía administrativa las resoluciones de los siguientes órganos y autoridades: autoridades, salvo que una Ley diga lo contrario:
a) Las del Presidente.
b) Las del Consejo de Gobierno y las de las Comisiones delegadas Delegadas de aquél.
c) Las de los Consejeros, salvo cuando una Ley especial otorgue recurso ante otro órgano superior. Consejeros.
d) Las de las autoridades inferiores inferiores, en los casos que resuelvan por delegación de un Consejero o de otro órgano cuyas resoluciones pongan fin a la vía administrativa.
e) Las que resuelvan recurso de alzada, salvo que una Ley especial prevea el de súplica ante el Consejo de Gobierno. cualquier
f) Las deautoridad, autoridad cuando así lo establezca una disposición legal o reglamentaria.
2. Contra los Los actos dictados por los órganos de gobierno de los Organismos autónomos procederá el recurso de alzada serán recurribles ante el Consejo titular de Gobierno. la Consejería a la que estén adscritos.
3. El recurso extraordinario de revisión se interpondrá ante el Consejero competente en razón de la materia. órgano administrativo que haya dictado el acto recurrido.
4. La reclamación administrativa previa a la vía judicial civil se dirigirá al Consejero competente, y la previa a la vía judicial laboral al Jefe administrativo o Director del establecimiento u organismo donde se regirán por lo dispuesto en el trabajador preste sus servicios, quienes recabarán, antes título VIII de su resolución, un informe jurídico del órgano competente. la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de la Comunidad de Madrid.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de abril de 1999 En vigor | BOE-A-1999-11985 | Leer | Qué cambió |
| 25 de junio de 1993 | BOE-A-1993-21450 | Leer | Qué cambió |
| 20 de diciembre de 1983 | Texto original | Leer |


