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Legislación › Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano.

Art. 47.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de diciembre de 1983 y la del 24 de marzo de 2007. Tachado: lo que se quitó (53 palabras). Subrayado: lo que se añadió (25 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 47.
Son nulos de pleno derecho los preceptos de las disposiciones generales:
1. Que se opongan a lo establecido por
Les Corts pueden exigir la Constitución, el Estatuto responsabilidad política del President de Autonomía y las Leyes.
2. Que infrinjan los
la Generalitat mediante la adopción de otras una moción de jerarquía superior.
3. Regulen materias reservadas
censura, conforme a la Ley, salvo autorización expresa de la misma.
4. Que contravengan las limitaciones establecidas
lo dispuesto en el artículo 46. 28.2 y 3 del Estatut d’Autonomia.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de marzo de 2007 En vigor BOE-A-2007-8281 Leer Qué cambió
30 de diciembre de 1983 Texto original Leer

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