Legislación › Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano.
Art. 66.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de diciembre de 1983 y la del 24 de marzo de 2007.
Tachado: lo que se quitó (35 palabras). Subrayado: lo que se añadió (15 palabras).
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Art. 66.
De acuerdo con lo establecido en los artículos 26 al 30 del Estatuto de Autonomía, el Consejo reglamentará lo necesario para adaptar las normas de la Administración del Estado a la La organización peculiar de la Generalidad Valenciana. las Consellerías se estructura en tres niveles: Órganos superiores, nivel directivo y nivel administrativo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de marzo de 2007 En vigor | BOE-A-2007-8281 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 1983 | Texto original | Leer |


