Legislación › Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano.
Disposición final tercera.
Disposición final tercera.
La presente Ley entrará en vigor el día de su publicación en el «Diari Oficial de la Comunitat Valenciana».
Se modifica por el art. 4.7 de la Ley 12/2007, de 20 de marzo. BOE-A-2007-8281.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de marzo de 2007 En vigor | BOE-A-2007-8281 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 1983 | Texto original | Leer |


