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Legislación › Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.

Art. 107.

Art. 107.

Será responsable de que los servicios asignados a su Sección se ejecuten con arreglo a lo ordenado; que todos sus subordinados conozcan perfectamente el armamento, material y equipo a su cargo y lo mantengan en perfecto estado de utilización y que cumplimenten las normas dictadas para la seguridad del personal, material e instalaciones.

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