Legislación › Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.
Art. 107.
Art. 107.
Será responsable de que los servicios asignados a su Sección se ejecuten con arreglo a lo ordenado; que todos sus subordinados conozcan perfectamente el armamento, material y equipo a su cargo y lo mantengan en perfecto estado de utilización y que cumplimenten las normas dictadas para la seguridad del personal, material e instalaciones.


