Legislación › Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.
Art. 108.
Art. 108.
El Jefe de Unidad tendrá las obligaciones y responsabilidades señaladas para el Jefe de Ala en lo relativo al orden general militar y, de acuerdo con la entidad y naturaleza de la Unidad, las que se indican en el Ala para el mando de su equivalente o análoga, y además, las específicas que en cada caso le señalen las disposiciones vigentes y órdenes del mando.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 78, de 31 de marzo de 1984. BOE-A-1984-7808.


