Legislación › Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.
Art. 157.
Art. 157.
Al toque de diana se levantará la tropa, excepto quienes se encuentren enfermos o estén excluidos por razón de su servicio, procediendo seguidamente a su aseo y al orden de los dormitorios.


