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Legislación › Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.

Art. 157.

Art. 157.

Al toque de diana se levantará la tropa, excepto quienes se encuentren enfermos o estén excluidos por razón de su servicio, procediendo seguidamente a su aseo y al orden de los dormitorios.

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