Legislación › Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.
Art. 162.
Art. 162.
Diariamente se llevará a cabo el acto de reconocimiento médico para dictaminar sobre el estado de salud del personal de tropa que se declare enfermo o se incorpore procedente del hospital o de licencia por enfermo y, en consecuencia, determinar su diagnóstico, tratamiento y capacidad resultante para el servicio.


