Legislación › Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.
Art. 210.
Art. 210.
A Retreta, recibirá de los Oficiales de Servicio Interior el correspondiente parte, en el que se reflejará numéricamente la situación de todo el personal de tropa de las Escuadrillas, y del Comandante de la Guardia de Seguridad, el correspondiente a los individuos que estén bajo su autoridad. Por la mañana recibirá, asimismo, el parte correspondiente a la Lista de Ordenanza con las novedades ocurridas.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 78, de 31 de marzo de 1984. BOE-A-1984-7808.


