Legislación › Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.
Art. 246.
Art. 246.
El Sargento de Servicio Interior es el responsable, ante el Oficial de este servicio, de que se lleven a cabo, conforme al horario establecido, todas las actividades de régimen interior de la Escuadrilla, vigilando estrechamente su cumplimiento.
Se nombrará por turno entre los Sargentos destinados en la Escuadrilla. El servicio tendrá una duración de tres días.


