Legislación › Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.
Art. 261.
Art. 261.
El Cabo de Cuartel tiene la obligación de velar por la seguridad, orden, limpieza y buen uso de los dormitorios y demás locales, armamento, material y vestuario de la Escuadrilla.


