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Legislación › Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.

Art. 261.

Art. 261.

El Cabo de Cuartel tiene la obligación de velar por la seguridad, orden, limpieza y buen uso de los dormitorios y demás locales, armamento, material y vestuario de la Escuadrilla.

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