Legislación › Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.
Art. 58.
Art. 58.
De acuerdo con las competencias que tenga asignadas, se preocupará de que se satisfagan las necesidades de material, armamento y equipo de sus Escuadrones, manteniendo la debida coordinación con los Jefes de las Unidades de apoyo logístico y operativo.


