Legislación › Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.
Art. 73.
Art. 73.
Dirigirá, coordinará y controlará la actuación de sus Escuadrones para de acuerdo con la naturaleza de su Grupo, proporcionar el apoyo logístico u operativo que le corresponda de conformidad con las disposiciones vigentes y órdenes del mando; se esforzará en su caso, por mejorar los métodos de gestión y trabajo para obtener el máximo rendimiento y tendrá especialmente en cuenta lo prevenido en los artículos 151 al 167 de las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas en cuanto le afecten.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 78, de 31 de marzo de 1984. BOE-A-1984-7808.


