Legislación › Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.
Art. 74.
Art. 74.
Dirigirá, coordinará y controlará la actuación de sus Escuadrillas para, de acuerdo con la naturaleza de su Escuadrón, proporcionar el apoyo logístico u operativo que le corresponda. Además de las obligaciones y responsabilidades que le señalen las disposiciones vigentes y órdenes del mando, tendrá especialmente en cuenta lo prevenido en los artículos 151 al 167 de las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas en cuanto le afecte.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 78, de 31 de marzo de 1984. BOE-A-1984-7808.


