Legislación › Ley 2/1983, de 4 de octubre, por la que se declaran de interés general para la Comunidad Valenciana determinadas funciones propias de las Diputaciones Provinciales.
Artículo diez.
Artículo diez.
Si se produjeran reparos, en los términos del artículo anterior, se pondrán de manifiesto a las Diputaciones interesadas para que sean tenidas en cuenta en la aprobación de sus proyectos de presupuesto.


