Legislación › Real Decreto 898/1985, de 30 de abril, sobre régimen del profesorado universitario.
Disposición adicional sexta.
Disposición adicional sexta.
En los términos establecidos en el presente Real Decreto, las Universidades podrán contratar como Profesores asociados o Profesores visitantes a Profesores o investigadores de Centros públicos o privados.
Se añade por el art. 2 del Real Decreto 1200/1986, de 13 de junio. BOE-A-1986-16767.
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