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Legislación › Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

Artículo cincuenta y uno

Comparación entre la redacción en vigor desde el 21 de junio de 1985 y la del 31 de marzo de 1994. Tachado: lo que se quitó (8 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo cincuenta y uno
1. La campaña electoral comienza el día trigésimo octavo posterior a la convocatoria.
2. Dura quince días como mínimo y veintiún días como máximo. días.
3. Termina, en todo caso, a las cero horas del día inmediatamente anterior a la votación.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de marzo de 1994 En vigor BOE-A-1994-7420 Leer Qué cambió
21 de junio de 1985 Texto original Leer

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