Legislación › Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
Artículo cincuenta y uno
Comparación entre la redacción en vigor desde el 21 de junio de 1985 y la del 31 de marzo de 1994.
Tachado: lo que se quitó (8 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo cincuenta y uno
1. La campaña electoral comienza el día trigésimo octavo posterior a la convocatoria.
2. Dura quince días como mínimo y veintiún días como máximo. días.
3. Termina, en todo caso, a las cero horas del día inmediatamente anterior a la votación.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de marzo de 1994 En vigor | BOE-A-1994-7420 | Leer | Qué cambió |
| 21 de junio de 1985 | Texto original | Leer |


