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Legislación › Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

Disposición transitoria quinta.

Disposición transitoria quinta.

En los diez años siguientes a la entrada en vigor de esta Ley, lo dispuesto en el artículo 28.1 de la misma se entenderá referido a los bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Español en posesión de las instituciones eclesiásticas.

Téngase en cuenta que se amplía por cinco años, a partir del 28 de mayo de 2026, el plazo previsto en esta Ley en relación con la transmisión, cesión e Inventario de Bienes Muebles de la Iglesia, y de conformidad con la presente disposición, según establece la disposición adicional 2 del Real Decreto-ley 12/2026, de 26 de mayo. BOE-A-2026-11397

Se amplía por cinco años, a partir del 28 de mayo de 2026, el plazo previsto en esta Ley en relación con la transmisión, cesión e Inventario de Bienes Muebles de la Iglesia, y de conformidad con la presente disposición, según establece la disposición adicional 2 del Real Decreto-ley 12/2026, de 26 de mayo. BOE-A-2026-11397

Se amplía por cinco años el plazo previsto en esta Ley en relación con el Inventario de Bienes Muebles de la Iglesia, y en relación a su vez con esta disposición, a partir del 30 de abril de 2021, por la disposición adicional única de la Ley 6/2021, de 28 de abril. BOE-A-2021-6945

Se prorroga el plazo por un año por la disposición adicional 129 de la Ley 6/2018, de 3 de julio. BOE-A-2018-9268

Se prorroga el plazo por un año a partir del 29 de junio de 2017 por la disposición adicional 113 de la Ley 3/2017, de 27 de junio. BOE-A-2017-7387

Se prorroga el plazo por un año a partir del 1 de enero de 2016 por la disposición adicional 95 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre. BOE-A-2015-11644.

Se prorroga el plazo por un año a partir del 1 de enero de 2015 por la disposición adicional 94 de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre. BOE-A-2014-13612.

Se prorroga el plazo por un año a partir del 1 de enero de 2014 por la disposición adicional 5 de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre. BOE-A-2013-13616.

Se prorroga el plazo por un año a partir del 1 de enero de 2013 por la disposición adicional 8 de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre. BOE-A-2012-15651.

Se prorroga el plazo por un año a partir del 1 de enero de 2012 por la disposición adicional 8 del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre. BOE-A-2011-20638.

Se prorroga el plazo por siete años a partir del 1 de enero de 2005 por la disposición transitoria 1 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, en la redacción dada por la disposición adicional 2 de la Ley 4/2004, de 29 de diciembre. BOE-A-2004-21831.

Se prorroga el plazo por diez años a partir del 1 de enero de 1995 por la disposición transitoria 1 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre. BOE-A-1994-28968.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de mayo de 2026 En vigor BOE-A-2026-11397 Leer Qué cambió
30 de abril de 2021 BOE-A-2021-6945 Leer Qué cambió
5 de julio de 2018 BOE-A-2018-9268 Leer Qué cambió
29 de junio de 2017 BOE-A-2017-7387 Leer Qué cambió
1 de enero de 2016 BOE-A-2015-11644 Leer Qué cambió
1 de enero de 2015 BOE-A-2014-13612 Leer Qué cambió
1 de enero de 2014 BOE-A-2013-13616 Leer Qué cambió
1 de enero de 2013 BOE-A-2012-15651 Leer Qué cambió
1 de enero de 2012 BOE-A-2011-20638 Leer Qué cambió
1 de enero de 2005 BOE-A-2004-21831 Leer Qué cambió
1 de enero de 1995 BOE-A-1994-28968 Leer Qué cambió
19 de julio de 1985 Texto original Leer

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