Legislación › Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.
Disposición transitoria quinta.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2005 y la del 1 de enero de 2012.
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Disposición transitoria quinta.
En los diez años siguientes a la entrada en vigor de esta Ley, lo dispuesto en el artículo 28.1 de la misma se entenderá referido a los bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Español en posesión de las instituciones eclesiásticas.
Atención: el plazo de diez años se prorroga hasta el 1 de enero de 2013.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 28 de mayo de 2026 En vigor | BOE-A-2026-11397 | Leer | Qué cambió |
| 30 de abril de 2021 | BOE-A-2021-6945 | Leer | Qué cambió |
| 5 de julio de 2018 | BOE-A-2018-9268 | Leer | Qué cambió |
| 29 de junio de 2017 | BOE-A-2017-7387 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2016 | BOE-A-2015-11644 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2015 | BOE-A-2014-13612 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2014 | BOE-A-2013-13616 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2013 | BOE-A-2012-15651 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2012 | BOE-A-2011-20638 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2005 | BOE-A-2004-21831 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1995 | BOE-A-1994-28968 | Leer | Qué cambió |
| 19 de julio de 1985 | Texto original | Leer |
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