Legislación › Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Artículo 54.
Artículo 54.
El Tribunal Supremo se compondrá de su Presidente, de los Presidentes de Sala y los Magistrados que determine la ley para cada una de las Salas y, en su caso, Secciones en que las mismas puedan articularse.
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