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Legislación › Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Artículo 55.

Artículo 55.

El Tribunal Supremo estará integrado por las siguientes Salas:

Primera: De lo Civil.

Segunda: De lo Penal.

Tercera: De lo Contencioso-Administrativo.

Cuarta: De lo Social.

Quinta: De lo Militar, que se regirá por su legislación específica y supletoriamente por la presente Ley y por el ordenamiento común a las demás Salas del Tribunal Supremo.

Se modifica por la disposición adicional 6 de la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio. BOE-A-1987-16791

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de mayo de 1988 En vigor BOE-A-1987-16791 Leer Qué cambió
3 de julio de 1985 Texto original Leer

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