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Legislación › Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Artículo 299.

Artículo 299.

1. La Carrera Judicial consta de tres categorías:

– Magistrado del Tribunal Supremo.

– Magistrado.

– Juez.

2. Los Magistrados del Tribunal Supremo, sin perjuicio de su pertenencia a la Carrera Judicial, tendrá el estatuto especial regulado en la presente Ley Orgánica.

3. Sólo adquirirán la categoría de Magistrado del Tribunal Supremo quienes efectivamente pasen a ejercer funciones jurisdiccionales como miembros de este Tribunal.

Se añaden los apartados 2 y 3 y se numera el contenido existente como apartado 1 por el art. 5.2 de la Ley Orgánica 5/1997, de 4 de diciembre. BOE-A-1997-26034

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de diciembre de 1997 En vigor BOE-A-1997-26034 Leer Qué cambió
3 de julio de 1985 Texto original Leer

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