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Legislación › Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Artículo 299.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de julio de 1985 y la del 6 de diciembre de 1997. Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (49 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo doscientos noventa y nueve 299.
1. La Carrera Judicial consta de tres categorías:
– Magistrado del Tribunal Supremo.
– Magistrado.
– Juez.
2. Los Magistrados del Tribunal Supremo, sin perjuicio de su pertenencia a la Carrera Judicial, tendrá el estatuto especial regulado en la presente Ley Orgánica.
3. Sólo adquirirán la categoría de Magistrado del Tribunal Supremo quienes efectivamente pasen a ejercer funciones jurisdiccionales como miembros de este Tribunal.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de diciembre de 1997 En vigor BOE-A-1997-26034 Leer Qué cambió
3 de julio de 1985 Texto original Leer

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