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Legislación › Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Artículo 564.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de junio de 2013 y la del 18 de enero de 2019. Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (4 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 564.
Fuera del supuesto previsto de los supuestos previstos en el artículo anterior, sobre el Presidente del Tribunal Supremo y los Vocales del Consejo General del Poder Judicial no recaerá deber alguno de comparecer ante las Cámaras por razón de sus funciones.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de diciembre de 2016 En vigor BOE-A-2016-12361 Leer Qué cambió
18 de enero de 2019 BOE-A-2018-17987 Leer Qué cambió
30 de junio de 2013 BOE-A-2013-7061 Leer

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