Legislación › Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
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Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de julio de 1985 y la del 3 de abril de 2025.
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Téngase en cuenta que, una vez constituidos e implantados de forma efectiva los Tribunales de Instancia, las menciones genéricas que se hacen en la presente Ley Orgánica a los Juzgados y Tribunales, se entenderán referidas a estos últimos o a los jueces, las juezas, los magistrados y las magistradas que sirven en ellos, según establece la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero. BOE-A-2025-76
Incluye la corrección de errores publicada en BOE núm. 264, de 4 de noviembre de 1985. BOE-A-1985-22752
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de abril de 2025 En vigor | BOE-A-2025-76 | Leer | Qué cambió |
| 3 de julio de 1985 | Texto original | Leer |


