Legislación › Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.
TÍTULO TERCERO
TÍTULO III
De los órganos de Gobierno de los Centros públicos
Se deroga por la disposición derogatoria única.1 de la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre. BOE-A-1995-25202
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de noviembre de 1995 En vigor | BOE-A-1995-25202 | Leer | Qué cambió |
| 4 de julio de 1985 | Texto original | Leer |
← Artículo treinta y cinco Índice Artículos treinta y seis a cuarenta y seis →


