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Legislación › Orden de 1 de julio de 1985 por la que se aprueba el Reglamento de Inscripción de Variedades de Maiz, Sorgo e Híbridos de Sorgo y Pasto del Sudán.

II

Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de julio de 1985 y la del 21 de abril de 1991. Tachado: lo que se quitó (73 palabras). Subrayado: lo que se añadió (153 palabras). Volver al texto en vigor

II. Material necesario para los ensayos
Siete.–Con objeto de llevar a cabo los ensayos y determinaciones que se prevén en el apartado 24 del Reglamento General, deberá suministrarse en la sede del Instituto Instituto, situada en la carretera de La la Coruña, kilómetro kilometro 7,500 (Madrid-35), 28040 Madrid, el siguiente material para cada variedad cuya inscripción se solicite: solicitada:
Para ensayos de identificación: identificación (solo el primer año):
a) Componentes hereditarios (líneas (lineas puras e híbridos simples: 1.000 granos viables cada año simples): 3.000 semillas para variedades de maiz, indicando su germinación, siendo su poder germinativo mínimo del 80 por 100, y un 1 kilogramo de semilla sólo para el segundo año. resto de las especies (sorgo, pasto del Sudán e híbridos de sorgo por pasto del Sudán).
b) Híbridos comerciales y variedades de polinización libre: Un kilogramo 5.000 semillas para variedades de semilla cada año maiz y 3 kilogramos de semilla sólo para el segundo año. resto de las especies.
Cuando se solicite la inscripción de una variedad híbrida híbrida, será obligatoria la entrega del material correspondiente a todos los componentes hereditarios que intervengan, así asi como del propio híbrido.
Se indicará para cada uno de los componentes hereditarios si se trata o no de material de dominio público, así como como, en cualquier caso caso, el origen de los mismos.
Para ensayos de valor agronómico: agronómico (anualmente):
– 10 kilogramos 25.000 semillas para el maíz variedades de maiz y 2 5 kilogramos para el resto de las especies (sorgo, pasto del Sudán e híbridos de sorgo cada año (semilla por pasto del híbrido comercial). Sudán).
Las cantidades anteriormente referidas se suministrarán en los casos en que la inscripción se solicite con el fin de incluir la variedad en la lista de variedades comerciales.
Cuando se solicite exclusivamente la inscripción de la variedad en la lista de variedades comerciales para la exportación, exportación será necesario suministrar solamente eI el material requerido para los ensayos de identificación.
Ocho.–Las características de las semillas a que se refiere el número 7 serán, en lo relativo a germinación, pureza y humedad, como mínimo las exigidas a la semilla certificada.
Por otra parte las semillas cuyo destino sean los ensayos de identificación, no deberán haber sufrido tratamiento alguno.
Nueve.–Será Nueve.– Será necesario remitir las cantidades citadas anteriormente anteriormente, todos los años mientras se efectúen efectuen las ensayos, a excepción de aquellas destinadas a la realización de los ensayos. ensayos de identificación que se facilitarán solo el primer año. En caso de interrupción del envío o falta de envio de material exigido sin justificación alguna por parte del solicitante o su representante, representante se archivará archivara el expediente de solicitud de inscripción correspondiente. Por el registro de variedades comerciales se comunicara oportunamente el momento en que se den por finalizados los citados ensayos.
Diez.–La fecha límite de entrega de material para cada campaña será y especie sera el 10 1 de febrero. Caso febrero:
En el caso
de que la entrega del de material se lleve a cabo en fecha posterior a la mencionada, la variedad quedará excluida de los ensayos correspondientes a las siembras que se efectúen efectuen inmediatamente después después, procediéndose a la inutilización del mismo cuando no pasasen se pasase a retirarlo, previa notificación del Registro de Variedades. retirarlo.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de septiembre de 1995 En vigor BOE-A-1995-21047 Leer Qué cambió
21 de abril de 1991 BOE-A-1991-9690 Leer Qué cambió
23 de julio de 1985 Texto original Leer

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