Legislación › Real Decreto 1368/1985, de 17 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los minusválidos que trabajen en los Centros Especiales de Empleo.
Artículo 17. Suspensión del Contrato de Trabajo.
Artículo 17. Suspensión del Contrato de Trabajo.
El Contrato de Trabajo podrá suspenderse en los supuestos previstos en el artículo cuarenta y cinco y siguientes del Estatuto de los Trabajadores.


