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Legislación › Ley 31/1985, de 2 de agosto, de Regulación de las Normas Básicas sobre Organos Rectores de las Cajas de Ahorros.

Disposición final quinta.

Disposición final quinta.

A los efectos de la presente Ley, se entiende que las competencias de las Comunidades Autónomas se circunscriben a las Cajas de Ahorros que tengan su domicilio social en el ámbito territorial de la Comunidad y para las actividades realizadas en el mismo.

(Párrafo segundo anulado)

Se declara la inconstitucionalidad y nulidad del párrafo segundo por Sentencia del TC 49/1988, de 22 de marzo. BOE-T-1988-9029

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de abril de 1988 En vigor BOE-A-1988-9029 Leer Qué cambió
10 de agosto de 1985 Texto original Leer

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