Legislación › Ley 31/1985, de 2 de agosto, de Regulación de las Normas Básicas sobre Organos Rectores de las Cajas de Ahorros.
Disposición final quinta.
Disposición final quinta.
A los efectos de la presente Ley, se entiende que las competencias de las Comunidades Autónomas se circunscriben a las Cajas de Ahorros que tengan su domicilio social en el ámbito territorial de la Comunidad y para las actividades realizadas en el mismo.
(Párrafo segundo anulado)
Se declara la inconstitucionalidad y nulidad del párrafo segundo por Sentencia del TC 49/1988, de 22 de marzo. BOE-T-1988-9029
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de abril de 1988 En vigor | BOE-A-1988-9029 | Leer | Qué cambió |
| 10 de agosto de 1985 | Texto original | Leer |


