Legislación › Ley 3/1985, de 22 de mayo, de Coordinación de Concesiones de Servicios Regulares de Transporte de Viajeros por Carretera en Andalucía.
Artículo 9.
Artículo 9.
Los titulares de la autorización deberán depositar una fianza como garantía del cumplimiento de las condiciones de dicha autorización, con lo cual se entenderá esta otorgada en firme y se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».


