Legislación › Ley 6/1985, de 11 de mayo, de Sindicatura de Cuentas.
Artículo 3. La independencia funcional de la Sindicatura de Comptes.
Artículo 3. La independencia funcional de la Sindicatura de Comptes.
Acorde con su independencia funcional, corresponde en todo caso, a la Sindicatura de Comptes el ejercicio de las siguientes competencias:
Uno. La elaboración y aprobación del proyecto de su propio presupuesto, integrándose este último, una vez tramitado y aprobado por los órganos competentes, en el presupuesto de la Generalitat Valenciana, como sección independiente.
Dos. La regulación de cuanto afecte a su gobierno y organización, de acuerdo con los créditos presupuestarios autorizados por las Corts Valencianes para estos fines.
Tres. La regulación del régimen interno del personal a su servicio, sin perjuicio de las normas generales que sean de aplicación.
Se modifica por el art. 1.3 de la Ley 16/2017, de 10 de noviembre. BOE-A-2017-15373
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de noviembre de 2017 En vigor | BOE-A-2017-15373 | Leer | Qué cambió |
| 20 de mayo de 1985 | Texto original | Leer |


