Legislación › Ley 6/1985, de 11 de mayo, de Sindicatura de Cuentas.
Artículo 6. Funciones de la Sindicatura de Comptes.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de mayo de 1985 y la del 14 de noviembre de 2017.
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Artículo 6. Funciones de la Sindicatura de Comptes.
Cuando en Son funciones de la Sindicatura de Comptes:
Uno. Por delegación de Les Corts:
a) La fiscalización o control externo de la gestión económico-financiera del sector público valenciano y de sus cuentas.
b) Conocer las auditorías realizadas a las entidades fiscalizadas.
En el ejercicio de sus funciones de fiscalización, la Sindicatura de Cuentas encontrase cualquier clase Comptes podrá acceder a los papeles de obstrucción trabajo y a los documentos de soporte que dificulte o impida su desarrollo, lo pondrá en conocimiento hayan servido de las Cortes Valencianas; asimismo, pondrá en conocimiento base a cualquier informe de éstas cuantos conflictos pudiesen plantearse en relación auditoría del sector público valenciano, realizado por auditores privados.
c) Cuantas funciones, de acuerdo con el desenvolvimiento ordenamiento jurídico, sean convenientes para asegurar adecuadamente el cumplimiento de sus facultades los principios financieros, de legalidad, de eficacia, de economía y atribuciones. de transparencia, exigibles al sector público, así como la sostenibilidad ambiental y la igualdad de género.
Dos. El asesoramiento a Les Corts en las materias propias de su competencia, que podrá hacerse extensivo a sus cuentas anuales, de acuerdo con la normativa propia de la institución parlamentaria.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de noviembre de 2017 En vigor | BOE-A-2017-15373 | Leer | Qué cambió |
| 20 de mayo de 1985 | Texto original | Leer |


