Legislación › Ley 6/1985, de 24 de junio, del Consejo de Cuentas.
Art. 28. Multas coercitivas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de noviembre de 1985 y la del 24 de marzo de 1986. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
Art. 28. Multas coercitivas.
1. En el caso de incumplimiento de los requerimientos efectuados, el Consejo de Cuentas podrá imponer multas hasta la cuantía de un mes de sus haberes a los funcionarios, y para los particulares hasta la cantidad de 100.000 pesetas, por la primera vez, y de hasta dos meses o 500.000 pesetas, respectivamente, en caso de reincidencia.
2. Si el requerido al pago fuera personal al servicio de las Entidades a que se refiere el artículo 2 y no lo hiciera efectivo, se ordenará al habilitado o pagador que, bajo su responsabilidad, haga efectivo el importe de la misma deduciendo de la primera mensualidad que le corresponda percibir o de las sucesivas, si excediera, en la cantidad que legalmente pueda ser descontada.
3. Cuando el apremiado sea un particular, el Consejo, para efectividad de la multa, procederá a su cobro en voluntaria, y, de no efectuarse el pago, en vía ejecutiva, aplicando las normas de la Comunidad Autónoma que regulen la recaudación de sus tributos y, en su defecto, las normas estatales. A estos efectos, la correspondiente certificación de descubierto será expedida por el Secretario general del Consejo de Cuentas.
4. De toda imposición de multa a altos cargos o personal de las Administraciones Autonómicas, Local o Corporativa se dará cuenta a la autoridad de que dependen, exponiendo las causas que hayan determinado dicho medio de apremio, para que, sin perjuicio de la exención de la multa por el Consejo de Cuentas, adopte aquellas otras medidas que estime convenientes.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de agosto de 2015 En vigor | BOE-A-2015-10234 | Leer | Qué cambió |
| 24 de marzo de 1986 | BOE-A-1986-7735 | Leer | Qué cambió |
| 5 de noviembre de 1985 | BOE-A-1985-22831 | Leer | Qué cambió |
| 29 de julio de 1985 | Texto original | Leer |


