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Legislación › Ley 6/1985, de 24 de junio, del Consejo de Cuentas.

Art. 6. Órganos.

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Art. 6. Órganos.
Son órganos del Consejo de Cuentas:
1. El Pleno.
2. El Consejero Mayor. consejero o consejera mayor.
3. La Comisión de Gobierno.
4. Las Secciones:
a) De Fiscalización.
b) De Enjuiciamiento.
c) De Prevención de la Corrupción.
5. Los consejeros o consejeras.
6.
La Secretaría General.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de agosto de 2015 En vigor BOE-A-2015-10234 Leer Qué cambió
29 de julio de 1985 Texto original Leer

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