Legislación › Ley 6/1985, de 24 de junio, del Consejo de Cuentas.
Art. 6. Órganos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de julio de 1985 y la del 29 de agosto de 2015.
Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (15 palabras).
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Art. 6. Órganos.
Son órganos del Consejo de Cuentas:
1. El Pleno.
2. El Consejero Mayor. consejero o consejera mayor.
3. La Comisión de Gobierno.
4. Las Secciones:
a) De Fiscalización.
b) De Enjuiciamiento.
c) De Prevención de la Corrupción.
5. Los consejeros o consejeras.
6. La Secretaría General.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de agosto de 2015 En vigor | BOE-A-2015-10234 | Leer | Qué cambió |
| 29 de julio de 1985 | Texto original | Leer |


