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Legislación › Ley 6/1985, de 24 de junio, del Consejo de Cuentas.

Disposición adicional quáter. Medios electrónicos.

Disposición adicional quáter. Medios electrónicos.

La comunicación y remisión de los documentos elaborados por el Consejo de Cuentas se realizará, de forma preferente y con carácter ordinario, a través de medios electrónicos, con el objetivo de minimizar el uso del papel, impulsar las nuevas tecnologías y agilizar el funcionamiento del Consejo de Cuentas.

Se añade por el art. 1.30 de la Ley 8/2015, de 7 de agosto. BOE-A-2015-10234

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