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Legislación › Ley 12/1984, de 27 de diciembre, de imposición sobre juegos de suerte, envite o azar.

Artículo 6

Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de diciembre de 1984 y la del 1 de enero de 2013. Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 6
El impuesto se devengará al tiempo de hacer efectivos los premios correspondientes a tos cartones. los jugadores.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2013 En vigor BOE-A-2013-1927 Leer Qué cambió
29 de diciembre de 1984 Texto original Leer

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