Legislación › Ley 12/1984, de 27 de diciembre, de imposición sobre juegos de suerte, envite o azar.
Artículo 9
Artículo 9
El tipo de gravamen será del 6 por 100.
Se modifica por la disposición adicional 21 de Ley 8/1994, de 23 de diciembre . BOE-A-1995-12441
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 1995 En vigor | BOE-A-1995-12441 | Leer | Qué cambió |
| 29 de diciembre de 1984 | Texto original | Leer |


