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Legislación › Ley 7/1984, de 27 de diciembre, reguladora de la iniciativa legislativa popular ante las Cortes de Aragón.

Disposiciones transitorias.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de enero de 1985 y la del 9 de octubre de 2014. Tachado: lo que se quitó (42 palabras). Subrayado: lo que se añadió (3 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición transitoria primera. Disposiciones transitorias.
Las referencias que en la presente Ley se hacen al Presidente y Magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Aragón deberán entenderse hechas al Presidente y Magistrados de la Audiencia Territorial de Zaragoza hasta que aquel Tribunal se constituya. (Suprimidas).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de octubre de 2014 En vigor BOE-A-2014-10827 Leer Qué cambió
24 de enero de 1985 Texto original Leer

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