Legislación › Ley 7/1984, de 27 de diciembre, reguladora de la iniciativa legislativa popular ante las Cortes de Aragón.
Disposiciones transitorias.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de enero de 1985 y la del 9 de octubre de 2014.
Tachado: lo que se quitó (42 palabras). Subrayado: lo que se añadió (3 palabras).
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Disposición transitoria primera. Disposiciones transitorias.
Las referencias que en la presente Ley se hacen al Presidente y Magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Aragón deberán entenderse hechas al Presidente y Magistrados de la Audiencia Territorial de Zaragoza hasta que aquel Tribunal se constituya. (Suprimidas).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de octubre de 2014 En vigor | BOE-A-2014-10827 | Leer | Qué cambió |
| 24 de enero de 1985 | Texto original | Leer |


