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Legislación › Ley 10/1985, de 14 de agosto, de Concentración Parcelaria para Galicia.

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda.

Las referencias que efectúa la Ley 10/1985, de 14 de agosto, de Concentración Parcelaria para Galicia, a la Consejería competente en materia de agricultura, pesca y alimentación, a la Dirección General de Planificación y Desarrollo Agrario y a la Jefatura Provincial de Estructuras Agrarias se entenderán realizadas a la Consejería competente en materia de agricultura y a la Dirección General y Servicios Provinciales correspondientes de la Consejería competente en materia de agricultura.

Se modifica por el art. 3 de la Ley 12/2001, de 10 de septiembre. BOE-A-2001-21174.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de octubre de 2001 En vigor BOE-A-2001-21174 Leer Qué cambió
23 de agosto de 1985 Texto original Leer

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