Legislación › Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.
Disposición adicional quinta.
Disposición adicional quinta.
La Comunidad Autónoma de Andalucía, a los efectos de la ordenación de su Función Pública, prevista en el artículo 11 de la Ley 30/1984, y conforme a lo dispuesto en el artículo 19.2 de la presente Ley, agrupará a los funcionarios al servicio de la misma en los siguientes Cuerpos:
Grupo A: Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.
Cuerpos:
A.1 Cuerpo Superior de Administradores.
Especialidad:
A.1.1 Administradores Generales.
A.1.2 Administradores de Gestión Financiera.
A.2 Cuerpo Superior Facultativo.
A.4 [Sic] Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía.
Especialidades:
A.4.1 Farmacia.
A.4.2 Veterinaria.
Grupo B: Título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de Tercer Grado o equivalente.
Cuerpos:
B.1 Cuerpos de Gestión Administrativa de la Junta de Andalucía.
Especialidad:
B.1.1 Administración General.
B.1.2 Gestión Financiera.
B.2 Cuerpo de Técnicos de Grado Medio de la Junta de Andalucía.
Grupo C: Título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.
Cuerpos:
C.1 Cuerpo General de Administrativos de la Junta de Andalucía.
C.2 Cuerpo de Ayudantes Técnicos de la Junta de Andalucía.
Grupo D: Título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.
Cuerpos:
D.1 Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andalucía.
D.2 Cuerpo de Auxiliares Técnicos de la Junta de Andalucía.
D.3 Cuerpo de Auxiliares de Seguridad de la Junta de Andalucía.
Grupo E: Certificado de Escolaridad.
Cuerpos:
E.1 Cuerpo de Subalternos.
E.2 Cuerpo de Oficios varios.
Se modifica el grupo A por el art. 76.9 de la Ley 8/1997, de 23 de diciembre. BOE-A-1998-2572
Se modifica el grupo D por el art. 41.9 de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre . BOE-A-1997-3701
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 1998 En vigor | BOE-A-1998-2572 | Leer | Qué cambió |
| 5 de agosto de 2003 | BOE-A-2003-10292 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2003 | BOE-A-2003-992 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2002 | BOE-A-2002-1221 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2000 | BOE-A-2000-1973 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1997 | BOE-A-1997-3701 | Leer | Qué cambió |
| 18 de diciembre de 1985 | Texto original | Leer |
← Disposición adicional cuarta Índice Disposición adicional sexta →


