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Legislación › Ley 6/1985, de 13 de noviembre, del Patrimonio de la Comunidad Antónoma de Castilla-La Mancha.

Artículo 49.

Artículo 49.

1. Corresponde a la Consejería de Economía y Hacienda tomar en arrendamiento los inmuebles que la Junta de comunidades precise, mediante concurso público y, excepcionalmente, por contratación directa. El Director general de Hacienda o el funcionario en quien delegue formalizará el correspondiente contrato.

2. Al mismo Departamento incumbe la resolución voluntaria de los contratos de arrendamiento.

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