Legislación › Ley 6/1985, de 13 de noviembre, del Patrimonio de la Comunidad Antónoma de Castilla-La Mancha.
Artículo 45.
Artículo 45.
La Comunidad de Castilla-La Mancha tiene plena capacidad para adquirir bienes y derechos:
1. Por atribución de la Ley.
2. A título oneroso, con ejercicio o no de la facultad de expropiación.
3. Por herencia, legado o donación.
4. Por prescripción.


