Legislación › Ley 6/1985, de 13 de noviembre, del Patrimonio de la Comunidad Antónoma de Castilla-La Mancha.
Artículo 59.
Artículo 59.
El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Economía y Hacienda, dando conocimiento a las Cortes Regionales, podrá ceder gratuitamente, para fines de utilidad pública o de interés social, los bienes patrimoniales cuya afectación o explotación no se juzgue previsible.


