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Legislación › Ley 6/1985, de 13 de noviembre, del Patrimonio de la Comunidad Antónoma de Castilla-La Mancha.

Artículo 60.

Artículo 60.

Asimismo, dando conocimiento a las Cortes Regionales, por razón de utilidad pública o interés social, podrán cederse a las Corporaciones locales, para el cumplimiento de sus fines, inmuebles del patrimonio de la Comunidad Autónoma sitos en sus respectivos territorios.

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