Legislación › Ley 6/1985, de 13 de noviembre, del Patrimonio de la Comunidad Antónoma de Castilla-La Mancha.
Artículo 61.
Artículo 61.
La Consejería de Economía y Hacienda adoptará las medidas que estime oportunas para vigilar la aplicación efectiva de los bienes cedidos a los fines que consten en el acuerdo de cesión.


