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Legislación › Ley 6/1985, de 13 de noviembre, del Patrimonio de la Comunidad Antónoma de Castilla-La Mancha.

Artículo 61.

Artículo 61.

La Consejería de Economía y Hacienda adoptará las medidas que estime oportunas para vigilar la aplicación efectiva de los bienes cedidos a los fines que consten en el acuerdo de cesión.

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