Legislación › Ley 6/1985, de 13 de noviembre, del Patrimonio de la Comunidad Antónoma de Castilla-La Mancha.
Artículo 54.
Artículo 54.
La Consejería de Economía y Hacienda ejercerá la vigilancia precisa para un aprovechamiento y utilización racional de los derechos patrimoniales y solicitará para ellos la colaboración de las otras Consejerías de la Comunidad Autónoma.


