Legislación › Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986.
Artículo cincuenta y dos. Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales
Artículo cincuenta y dos. Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales
Uno. Durante 1986 se seguirá aplicando el tipo impositivo del 6 por 100 a las transmisiones de bienes inmuebles, así como a las transmisiones y cesiones de los derechos reales que recaigan sobre los mismos, excepto los derechos reales de garantía.
Dos. A la entrada en vigor de la presente Ley quedarán exentas las transmisiones de vehículos usados con motor mecánico para circular por carretera.
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