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Legislación › Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986.

Disposición adicional cuadragésima sexta.

Disposición adicional cuadragésima sexta.

En tanto se articula un nuevo sistema de Previsión Social Voluntaria para los funcionarios de la Administración de la Seguridad Social y, como máximo durante el período de seis meses siguientes a la entrada en vigor de la presente Ley, subsistirán las aportaciones de la Administración de la Seguridad Social a las Mutualidades de Funcionario de dicha Administración.

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